Las formas de pago aceptadas por el banco son: medios de pago electrónicos, cheques certificados cruzados no a la orden o letras de cambio cruzadas emitidas por una institución de intermediación financiera a nombre del mejor postor.
En aplicación de la normativa vigente, se deberá completar por parte del comprador el día del remate, el siguiente formulario aclaratorio del origen de los fondos: FO.RIG.03 – Declaración de origen de fondos
ES.RIG.01 - Requisitos a tener en cuenta cuando el BHU recibe un importe igual o superior a US$ 50.000
* A partir del 8/2/2021 , el límite de monto para presentar la Declaración de Origen de Fondos asciende a U$S 50.000
SF.AHR.05 - Guía para realizar depósitos mediante transferencia bancaria
FO.ATC.09 - Alta o actualización de datos de clientes.
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