La forma de pago aceptada por el banco es transferencia bancaria.
En aplicación de la normativa vigente, se deberá completar por parte del comprador el día del remate, el siguiente formulario aclaratorio del origen de los fondos: FO.RIG.03 – Declaración de origen de fondos
ES.RIG.01 - Requisitos a tener en cuenta cuando el BHU recibe un importe igual o superior a US$ 50.000
* A partir del 8/2/2021 , el límite de monto para presentar la Declaración de Origen de Fondos asciende a U$S 50.000
SF.AHR.05 - Guía para realizar depósitos mediante transferencia bancaria
FO.ATC.09 - Alta o actualización de datos de clientes.
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